Adepi informa
La sentencia confirma que ya no hay excusas y deberá reformarse de inmediato
El Supremo anula en su totalidad el modelo español de copia privada
El Tribunal Supremo ha anulado el procedimiento para el pago de la compensación por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Las entidades de gestión, que impugnaron el Real Decreto 1657/2012 que regula dicho procedimiento, destacan que esta sentencia exige la inmediata reforma de un sistema que, ya sin excusas, es ilegal. Adepi recuerda que está a plena disposición del nuevo Gobierno para ayudar a desarrollar con rapidez y eficacia dicha reforma.
El Supremo ha sentenciado que “es claro que el Real Decreto 1657/2012 carece de un fundamento legal efectivo y, en consecuencia, es nulo”, e incluso especifica que el recurso de las entidades de gestión “debe ser estimado en lo relativo a la impugnación del Real Decreto 1657/2012 en su conjunto, no siendo preciso pronunciarse sobre las distintas pretensiones subsidiarias formuladas en el escrito de demanda: la nulidad del Real Decreto 1657/2012 en su conjunto hace innecesario examinar concretos preceptos del mismo”.
Con anterioridad y como paso previo para poder dictar este fallo, el Tribunal Supremo había planteado dos cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado 9 de junio ya declaró que el actual sistema de compensación por copia privada español es contrario a la normativa europea.
Las entidades proponen el modelo vigente en toda Europa
Los entidades, que proponen utilizar el modelo vigente en prácticamente todos los países de Europa, recuerdan que la última reforma de la Ley de Propiedad Intelectual ha convertido en ilegales la mayoría de las copias que hacen los ciudadanos, perjudicando los intereses de los consumidores, por lo que celebran un fallo que, al declararla nula, obliga a modificar la normativa.
Una modificación que, además, debe emprenderse con urgencia: no solo la sentencia del Supremo destruye la actual estructura legal de la copia privada, es que además ya no se puede argumentar que el modelo de copia privada con cargo a los PGE es “transitorio” hasta que la Directiva lo armonice, porque el borrador presentado no contempla dicha armonización y tampoco ningún Estado miembro la reclama.
Un problema creciente por fin resuelto
El Supremo ha solucionado al cabo el que desde 2011 era un problema creciente: con el cambio de sistema, España pasó a ser el único país de nuestro entorno que asumió con dinero público la remuneración por copia privada, creando inseguridad jurídica, apostando por un sistema más indiscriminado y perjudicando notablemente a los titulares de derechos y a los ciudadanos.