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Adepi informa

Solo se pueden utilizar obras protegidas para entrenar la inteligencia artificial con autorización de los titulares de derechos

Licenciar los contenidos, única opción para desarrollar legalmente herramientas de IAG

ADEPI, la asociación que reúne a las entidades españolas de gestión de derechos AGEDI, AIE, AISGE, CEDRO, DAMA, EGEDA y SGAE, descarta la legalidad de cualquier desarrollo de la Inteligencia Artificial Generativa (AIG) que no esté basado en el licenciamiento y la completa trazabilidad de los contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual con los que se la haya entrenado. De igual manera, ADEPI defiende que los creadores deben tener siempre la última palabra para autorizar o prohibir la utilización de sus obras para el entrenamiento y la explotación comercial de la IA.

28 de enero de 2025

El marco jurídico definido por la Directiva 2019/790 no se desarrolló teniendo en cuenta a la entonces aun desconocida IA generativa (IAG), que actualmente es capaz de ofrecer al público creaciones generadas en masa a partir de obras extraídas ilegalmente de las redes.

Las obras protegidas son copiadas durante la recopilación de datos para entrenar la IAG, replicadas total o parcialmente, y pueden ser reproducidas, y no existe en la legislación europea una excepción que ampare dichas acciones.

Responsabilidad de los legisladores

Esta realidad, que trasciende a la gestión colectiva de derechos y podría tener graves consecuencias para todos los autores, artistas, editores y productores, es el mayor reto de cualquier nueva regulación, que debe ante todo proteger y dar seguridad jurídica a los creadores frente a la irrespetuosa explotación de las obras y prestaciones por algunas plataformas de IAG.

Por esta razón, Adepi pide al gobierno que aborde una regulación que garantice que solo se podrán utilizar obras protegidas por propiedad intelectual para propósito de entrenamiento y explotación comercial con autorización expresa de sus creadores y bajo contrato de licencia.

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