Opinión
Cristina Perpiñá-Robert
El País, 29 de marzo
Una cuota mínima de creación humana frente a la invasión de la IA
Resulta imprescindible que la protección de la cultura y la diversidad cultural, tantas veces asociada al establecimiento de unas cuotas mínimas de divulgación (así, las cuotas para el cine europeo, o para la música minoritaria), se extienda a la introducción de cuotas vinculadas a la creación de autores humanos. […] Al igual que se tuvo que regular la existencia de cuotas mínimas de contenido europeo a través de la Directiva de Servicios Audiovisuales para impedir que el producto audiovisual norteamericano acaparase toda la oferta audiovisual en televisión y en las plataformas de vídeo bajo demanda, debemos hacer ahora lo mismo para promover la cultura y la diversidad cultural, introduciendo en la regulación una cuota mínima garantizada de creación humana en los medios, o un límite a la cuota de invasión de la máquina. Solo así será posible salvaguardar la creación humana y, en último término, la cultura.
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Pero la auténtica novedad de la IA es que genera contenidos con indicaciones generales de cualquier persona sin ninguna inspiración ni conocimiento artístico. Este asalto cualitativo de la máquina a la creación humana se extiende a cualquier ámbito artístico. Un mero prompt (término que se utiliza para identificar las instrucciones que se dan a la IA) puede generar música, dibujos, obras en 3D, textos escritos o incluso invenciones científicas. Hablamos de la IA generativa, con resultados aleatorios e impredecibles.
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Si el consumidor tiene derecho a saber las características y cualidades de los productos que se le ofrecen, ¿no deberían también identificarse las canciones creadas por IA? ¿No deberíamos recibir información sobre la preselección de contenidos recomendados por las plataformas musicales con algoritmos al estar perfilando nuestros gustos con criterios comerciales?
Al fin y al cabo, si las leyes que salvaguardan el patrimonio cultural reservan a los individuos y comunidades que lo conforman el desarrollo de las manifestaciones culturales, y expulsan de este ecosistema a elementos ajenos a sus protagonistas, ¿no debería también limitarse la colonización por la máquina de este ámbito?
Necesitamos una respuesta regulatoria urgente, especialmente qué protección debe tener un producto generado por IA. No tiene sentido proteger con derechos de autor lo que no es producto de la creación humana. La mejor garantía para mantener anclada nuestra cultura en la comunidad que la inspira es garantizar esa vinculación entre derechos de autor y creación humana.
El autor debe poder apoyarse en estas nuevas herramientas, pero no ser sustituido. Las obras creadas con la asistencia de IA merecen estar protegidas por derechos de autor siempre que la IA sea una mera herramienta. Pero cuando la intervención del prompter carece de elementos creativos, y no influye en el resultado final, limitándose a instrucciones generales que producen un resultado aleatorio e impredecible, no puede considerarse una creación humana.
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