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El Gobierno impone un sistema único en la UE para pagar la copia privada

El Gobierno aleja a España de Europa con un modelo de copia privada que carga la compensación a los Presupuestos Generales del Estado y exonera del pago, en contra de los modelos vigentes en la UE, a los verdaderos causantes del daño objeto de indemnización: las empresas multinacionales que fabrican o importan aparatos y soportes con capacidad de copia o almacenamiento de contenidos protegidos.

7 de diciembre de 2012

El texto prevé el procedimiento de cálculo y de pago con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para la compensación que la legislación europea establece que debe pagarse a los autores y creadores por el perjuicio económico que les provoca que la copia privada esté permitida. Pese a no satisfacer a ninguno de los sectores implicados, el Gobierno impone un sistema único en la UE y más injusto que el anterior.

Durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, anunció que este Real Decreto regulará y fijará quiénes son los beneficiarios de la compensación equitativa por copia privada, con cuánto han de ser compensados, cómo se va a determinar la cuantía, qué porcentajes van para soportes sonoros, audiovisuales y libros y la asignación a las entidades de gestión para su posterior reparto.

Según apuntó, la cuantía será fijada y abonada a ejercicio vencido y se fijará cada año en los Presupuestos Generales del Estado. «Con carácter técnico, el Real Decreto regula y fija quiénes son los beneficiarios y con cuánto han de ser compensados, en virtud de una serie de criterios objetivos», señaló la vicepresidenta.

También recalcó «cómo se va a determinar la cuantía (de la compensación), qué porcentajes se destinarán a sonoros y audiovisuales y, por ultimo, la asignación que corresponderá a las entidades de gestión».

Tras un año de trabajo, se impone el texto
El apartado 2 de la Disposición adicional décima del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público (Boletín Oficial del Estado de 31 de diciembre), dispone que el Gobierno establecerá reglamentariamente el procedimiento de pago a los perceptores de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Dicha Disposición adicional décima, sin derogar el límite de copia privada a los derechos de propiedad intelectual, sí ha suprimido el sistema de compensación que se preveía en el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y ha modificado el mecanismo de financiación de la compensación, que deja de depender de la recaudación que las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual obtienen de los intermediarios en el mercado de equipos, aparatos y soportes de reproducción, para pasar a financiarse directamente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, quedando mandatado el Gobierno para establecer reglamentariamente el procedimiento de pago de la compensación y para determinar la cuantía de la misma tomando como base la estimación del perjuicio causado por la vigencia del referido límite al derecho de reproducción.

Así, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha aprobado este viernes un real decreto que recoge el mandato del Real Decreto-ley 20/2011, de regular el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. El Ministerio sometió dicho proyecto de real decreto a información pública entre el 18 de octubre y el 5 de noviembre.

El Gobierno ha hecho caso omiso de las críticas y comentarios de los diferentes interesados y finalmente se ha limitado a imponer el texto que hizo público el pasado 18 de octubre.

Contra la legislación europea y contra los creadores
La aprobación del real decreto es, para todos aquellos que se han pronunciado al respecto, un error de bulto. Empresas, organismos, colectivos y personas que estaban en contra del anterior sistema han afirmado en numerosas ocasiones durante los últimos meses que el nuevo método establecido por el Gobierno para compensar a los autores es objetivamente injusto.

Para empezar, desde el mismo día uno de enero hasta los principales beneficiados por el nuevo sistema (los fabricantes agrupados en Ametic -cuyo presidente ha brindado declaraciones memorables-, a los que el cambio ha permitido aumentar sus márgenes comerciales y no han bajado los precios de los soportes y equipos que soportaban el canon) vienen afirmando que el nuevo sistema es peor que el anterior . Y qué decir de los medios de comunicación o los opinadores profesionales, que tantas y tantas veces han hecho gala de ignorancia o, peor aún, mala fe.

Naturalmente, también las industrias culturales y creativas, así como autores y académicos especializados en propiedad intelectual, han criticado el nuevo modelo. Desde la revista Iuris&Lex, que cargó contra el sistema que ha impuesto el Gobierno en un reciente editorial, pasando por Ignacio Sierra Gil de la Cuesta, presidente del Instituto Autor y ex presidente de la Sala Civil del Tribunal Supremo, quien detalló su inconsistencia en esa misma revista, hasta las entidades españolas de gestión de derechos AGEDI, AIE, AISGE, DAMA, EGEDA, SGAE y VEGAP, que coincidiendo con el 25º aniversario de la Ley de Propiedad Intelectual hicieron público hace unos días un manifiesto en el que rechazaban el nuevo modelo de canon digital.

El manifiesto recordaba que el Gobierno español, «tras casi un año, no ha establecido el modelo prometido y únicamente ha conseguido efectos contrarios a los que supuestamente perseguía: condona 115 millones de euros anuales a las multinacionales del sector tecnológico, principalmente extranjeras, pero no reduce el déficit público».

Aunque algunos han reprochado a quienes defienden el sistema anterior que la Orden ministerial que establecía las cuantías a pagar  fue anulada por la Audiencia, lo cierto es que los motivos no tienen nada que ver con el cálculo de la compensación (de hecho, poco después el Supremo confirmó la validez del modelo). Ningún organismo público o administración ha aportado ningún otro cálculo, ni tampoco ha sido cuestionado el modelo en ninguno de los 22 países de la UE que reconocen la copia privada. Y por si todo esto fuera poco, el Gobierno tendrá que modificar de nuevo el sistema cuando finalice el proceso de armonización que ha iniciado Europa.

Además, en España la normativa establece que el 20% de lo recaudado debe destinarse a labores sociales en beneficio de los titulares de derechos. Por citar solo un ejemplo, en 2007, primer año tras la última reforma de la LPI, Cedro dedicó, con origen en la compensación de copia privada por libros y publicaciones asimiladas, casi 6,5 millones de euros a labores asistenciales a favor de los titulares de derechos de este tipo de obras: se financiaron 200 proyectos de promoción del libro (Dilve, LIBER, la campaña de “Libros a la Calle”, se concedieron ayudas para la presencia de editores en algunas ferias del libro internacionales, la promoción de autores en otros países), se financiaron más de 3.200 ayudas para prestaciones a autores de carácter sanitario o sociosanitario (material óptico, ortopédico, cirugía ocular, tratamientos dentales…), 73 autores contaron con el servicio de teleasistencia financiado por esta entidad, 45 se beneficiaron de ayudas por bajas por enfermedad o maternidad, 63 se beneficiaron de las coberturas de la póliza de seguros colectiva que cubre casos de accidente o fallecimientos, por citar sólo algunas de ellas.

Al cabo, lo único que logra el Gobierno con la medida es cumplir una promesa electoral populista, añadir un gasto innecesario de cinco millones a los PGE y permitir que se esfumen cien millones de euros (de los que un 20% se dedicaba por ley a desarrollar actividades sociales) mientras las empresas tecnológicas mejoran su margen comercial pero en números absolutos siguen vendiendo aproximadamente la misma cantidad de soportes y equipos.

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